Oficialía de Sacramentos

OFICIALÍA DE SACRAMENTOS

 

«Toda la documentación relativa a los sacramentos (ej. fe de bautismo reciente o de confirmación, expediente matrimonial, notificación sacramental, etc.) que se envíe desde la parroquia a otra Diócesis (SIN EXCEPCIÓN), debe pasar por la OFICIALÍA DE MATRIMONIOS, para dar fe de la procedencia auténtica de dichos documentos».

«Oficialía de Matrimonios, o en su defecto la Cancillería, se encargará de la recepción y envío de los documentos a otras Diócesis, que siempre se realizará de obispado a obispado».

Diócesis de Culiacán, Circular No. 16/2011.

 

FINALIDAD

GARANTIZAR LA AUTENTICIDAD DE LOS DOCUMENTOS relativos a la celebración de los Sacramentos, que deberán ser solicitados y enviados de Diócesis a Diócesis.

FUNCIÓN

Facilitar el proceso de envío y solicitud de documentos relativos a la celebración de los Sacramentos (ej. certificado de bautismo reciente, expediente matrimonial, notificación sacramental) fuera de la Diócesis de Culiacán

La oficina parroquial o el interesado debe comunicarse presentar ante la Oficialía de Sacramentos y Matrimonios una solicitud por escrito, con el sello parroquial y firma del párroco / vicario.

Para agilizar el trámite se puede adelantar una copia por estos medios:

Email: [email protected]

Fax: (667) 712-32-72; (667) 715-51-98; (667) 712-14-97

Certificados de bautismo

El certificado de Bautismo es un documento notarial que se solicita en las Oficinas Parroquiales.

Acuda personalmente a la Oficina de la Parroquia donde recibió su bautismo, y si vive en una localidad distinta, o fuera de la Diócesis, acuda a la Parroquia más cercana, para que ellos se comuniquen directamente a la otra parroquia, solicitando el envío del documento*. Si se trata de una parroquia fuera de la Diócesis, es necesario el sello de autenticidad por parte de la Oficialía de Sacramentos (sobre todo si se requiere para fines matrimoniales).

El arancel vigente por este concepto es de $50.00 (cincuenta pesos 00/100 M. N.), de los que se destinan $7.50 a la economía diocesana, y el resto para los gastos de oficina parroquial.  *los gastos de envío y mensajería corren por cuenta del interesado.

Quiero casarme

CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO

Por favor acuda personalmente o comuníquese directamente en las oficinas de la Iglesia donde desea celebrar su matrimonio, para comprobar la disponibilidad del servicio en el horario y día deseado.

Antes de la celebración, es COMPLETAMENTE NECESARIO REALIZAR EL PROCESO DE INFORMACIÓN  PREMATRIMONIAL, que se realiza en la parroquia correspondiente por el  domicilio de cualquiera de los novios, aunque vayan a celebrar su matrimonio en otra parroquia.

TRÁMITE DE LA INFORMACIÓN PRE-MATRIMONIAL

¿Para qué me piden esta información? Por normativa eclesiástica, corresponde al Párroco constatar que ambos contrayentes se encuentran libres de impedimento o cualquier situación que impida la celebración válida y lícita del Sacramento (Código de Derecho Canónico, c. 1066).

Es parte del proceso de preparación y acercamiento personalizado que la Parroquia ofrece a los novios que desean casarse sacramentalmente; por eso es más que un «trámite administrativo».

¿Es cierto que se necesitan MUCHOS DOCUMENTOS?

Sólo se requieren los documentos básicos para comprobar dos cosas: tu IDENTIDAD y tu INICIACIÓN CRISTIANA (Sacramentos recibidos).

Los Documentos que ambos contrayentes deben reunir son:

  1. Al menos DOS fotografías de rostro (cualquier tamaño pequeño).
  2. Acta de Nacimiento; presentar original y dejar una copia.
  3. Credencial IFE vigentepresentar original y dejar una copia.
  4. Certificado de bautismo («fe de bautismo») reciente (3 meses antes de la boda).
  5. Certificado de Confirmación. No se necesita que sea reciente. Si en el certificado de bautismo aparece la información sobre este Sacramento en las NOTAS MARGINALES, no hace falta presentar este documento.
  6. Comprobante de Primera Comunión. A falta de un certificado, puede mostrarse presentarse una fotografía, documento o el testimonio de algún adulto que presenció el acto. Si en el certificado de bautismo aparece la información sobre este Sacramento en las NOTAS MARGINALES, no hace falta presentar este documento.
  7. Comprobante de catequesis pre-matrimoniales (antes llamadas «pláticas para novios»).
  8. Acta de matrimonio civil. En México es un requisito: Normas Complementarias al CIC de la CEM al Canon 1083, p. 2 n. 4). Este deberá celebrarse antes del Sacramento o el mismo día (salvo el caso del Canon 1071 n. 2, tratándose de un matrimonio que no puede ser reconocido o celebrado por lo civil). Se pide en orden a constatar la libertad de los contrayentes, y por los efectos jurídicos del matrimonio civil. Presentar original y dejar una copia.

En la oficina parroquial se realiza lo siguiente:

  1. Entregar la documentación indicada.
  2. Agendar una entrevista personal con el presbítero o diácono asignado. Asisten DOS TESTIGOS POR CADA NOVIO (no es necesario que sean católicos), que sean mayores de edad, presentando identificación IFE vigente. Deben ser personas que conozcan personalmente muy bien a los novios.
  3. Llenar el formato de «Información Prematrimonial».
  4. Publicación de amonestaciones durante al menos 3 domingos o solemnidades. Existen diferentes modalidades: en algunas comunidades se publica por escrito, o de viva voz ante la asamblea.
  5. Tramitación de dispensas y licencias (si es el caso).

CASOS QUE REQUIEREN LICENCIAS o DISPENSAS ESPECIALES

Si alguno es menor de Edad: presentar consentimiento escrito, firmado por los padres.

Si uno de los dos no está bautizado, o no es católico: En tal caso, el no-católico debe manifestar de viva voz ante el párroco su decisión de respetar la religión y la conciencia de su futuro cónyuge, así como el estar de acuerdo en que sus hijos reciban una educación católica en el hogar.

Si el tiempo para publicar las amonestaciones es menos de tres semanas:  El Párroco necesita un testigo conocido por la comunidad e inmune de toda sospecha, para  probar la libertad, soltería y rectitud de intención de los contrayentes, y expresar las causas que justifiquen esta solicitud ante la Oficialía de Matrimonios.

CASOS FRECUENTES

«Yo me quiero casar en otra ciudad». La INFORMACIÓN PREMATRIMONIAL se procesa «de parroquia a parroquia», siempre que ambas se encuentren en la misma Diócesis. Los once municipios de Sinaloa que conforman la Diócesis de Culiacán son: Ahome, El Fuerte, Choix, Guasave, Sinaloa de Leyva, Angostura, Mocorito, Salvador Alvarado, Badiraguato, Navolato y Culiacán.

«Yo me quiero casar en otro Estado/Diócesis…». En ese caso, la INFORMACIÓN PREMATRIMONIAL se envía y entrega a través de la «OFICIALÍA DE MATRIMONIOS», por parte de las Parroquias. Es responsabilidad de los novios cubrir los gastos por concepto de envío postal o mensajería.

«Mi novio/novia vive en otra ciudad». Lo ideal es agendar con tiempo una entrevista personal ante el mismo Párroco, ambos novios. En casos excepcional,  el Párroco puede delegar a otro presbítero o diácono de la otra localidad, para que se tramite la información prematrimonial, realizando la entrevista y entregando los documentos para que se complete el «medio expediente», que será entregado en la Parroquia donde se tramita, o bien, donde se celebrará el Matrimonio. Es importante mantener la comunicación con la oficina parroquial en todo momento, para dar seguimiento a este trámite.

 

 

Quiero bautizar

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  • REQUISITOS GENERALES PARA LA CELEBRACIÓN DEL BAUTISMO
  • NOTA: cuidar nuestro vocabulario. Bautizo (verbo), acción de bautizar. Bautismo (sustantivo), el primer sacramento de iniciación cristiana. “El sacerdote bautiza, y el bautizado recibe el bautismo”.
  • POR FAVOR ACUDA PERSONALMENTE o comuníquese a la Parroquia donde desea solicitar este servicio, para verificar la disponibilidad el día y horario deseado. Es necesario antes entregar los siguientes documentos («asentar la partida»)
    1. Los niños de 7 años en adelante, jóvenes y adultos, deben realizar el PROCESO DE CATECUMENADO (Circular No. 10/2011).
    2. PARA NIÑOS MENORES DE 7 AÑOS:
    3. Que lo solicite al menos uno de los dos papás, identificándose con su credencial IFE vigente, junto con el Acta de nacimiento del niño o niña: presentar original y dejar una fotocopia. 
    4. Tanto los padres como los padrinos necesitan recibir las CATEQUESIS PRE-SACRAMENTALES. Aunque vengan de otra localidad, o lo realicen en una parroquia vecina, deben presentar comprobante de catequesis.
  • REQUISITOS PARA SER PADRINO EN CUALQUIER SACRAMENTO (Canon 874)
    1. Los padrinos deben ser católicos practicantes, que ya tuvieron su iniciación cristiana (bautismo, confirmación y Primera Comunión).
    2. En su vida pública no debe haber testimonios contrarios al Evangelio. Por ejemplo, vivir en unión libre o sólamente casados por el civil.
    3. Si son casados, debe ser por la Iglesia.
    4. Los estrictamente solteros y menores de edad también pueden ser, siempre y cuando hayan cumplido ya 16 años de edad, y cumplan el requisito No. 1.
    5. No puede ser el propio padre ni la madre. No hay óbice para que sean los abuelos o hermanos.
    6. SOBRE LOS PADRINOS (especialmente de BAUTISMO): La normativa de la Iglesia es clara: «Téngase un sólo padrino o una sola madrina, o uno y una» (Canon 873). EL NÚMERO MÁXIMO SON DOS, de los cuales uno es padrino y otra es madrina, aunque uno sea casado por su parte y la otra sea soltera. Ni tres, ni cuatro, ni seis. No valen dos madrinas ni dos padrinos.